Cumple IEEZ Sentencia del TRIJEZ

En cumplimiento a lo ordenado el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, en la resolución recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificado con el número de expediente TRIJEZ-JDC-17/2018, el Consejo General del IEEZ aprobó modificar los artículos 11 y 12 de los Criterios para la postulación consecutiva de candidaturas a Diputaciones, Presidencias Municipales, Sindicaturas y Regidurías que realicen los partidos políticos, coaliciones y candidaturas independientes, así como las reglas para la asignación de regidurías por el principio de representación proporcional.

 

En consecuencia, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en estricto cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, procede a realizar las modificaciones a diversas disposiciones contenidas en los Criterios, como se indica a continuación:

 

“Articulo 11. Las Diputadas y los Diputados e integrantes de los Ayuntamientos que pretendan contender por la vía de la elección consecutiva en el proceso electoral 2017-2018, deberán cumplir con los requisitos señalados en los artículos 53, 118, fracción III de la Constitución Política del Estado de Zacatecas; 12 y 14 numeral 1 de la Ley Electoral; 8 y 9 de los Lineamientos de Registro, 13 y 14 del Reglamento, según corresponda”.

 

“Artículo 12. Para ejercer el derecho de presentarse a una elección consecutiva por el principio de mayoría relativa y de representación proporcional, los Diputados y las Diputadas deberán separarse del cargo noventa días antes del día de la elección.

 

No es necesario el requisito de separación del cargo, tratándose de elección consecutiva de Ayuntamientos”.

 

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas celebró este día una Sesión Ordinaria y dos sesiones extraordinarias; en la primera, el Secretario ejecutivo, Lic. Juan Osiris Santoyo de la Rosa, rindió los informes relativos a al ejercicio de la función de Oficialía Electoral; sobre las quejas o denuncias presentadas ante la Coordinación de lo Contencioso Electoral, y respecto a encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida y conteos rápidos no institucionales.

 

Además de un Informe en relación a las sustituciones de prestadores de servicios eventuales para el Proceso Electoral 2017-2018, en diversas áreas de la Autoridad Administrativa Electoral, derivadas de renuncia, no aceptación del cargo o cualquier otra eventualidad.

 

Durante el desarrollo de las sesiones extraordinarias, el Consejo General aprobó un Acuerdo por el que se determina lo relativo a la procedencia de los criterios para garantizar la paridad de género en las candidaturas, presentadas por las Coaliciones “Por Zacatecas al Frente” y “Juntos Haremos Historia”, así como por los partidos políticos: del Trabajo, Nueva Alianza, Morena y Encuentro Social, respectivamente.

 

Así como el Acuerdo por el que se determina el lugar que ocupará la bodega electoral central para el resguardo de la documentación y materiales electorales para el Proceso Electoral 2017-2018; se informa sobre las condiciones de equipamiento, mecanismos de operación y medidas de seguridad; se designa al personal autorizado para acceder a la bodega electoral central y se habilita al responsable para llevar el control de folios de las boletas que se distribuirán en las mesas directivas de casilla.

 

También, se otorgó el registro de la Plataforma Electoral presentada por el Partido “La Familia Primero” que sostendrán sus candidatas y sus candidatos en sus campañas electorales durante el Proceso Electoral 2017-2018.

 

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