Analizan Ley de Protección y Conservación de Monumentos, Podrían Reformarla.

La Comisión Legislativa de Turismo a través de su titular Héctor Zirahuen Pastor Alvarado, organizó este viernes en un hotel de la capital, la primera reunión de análisis de la iniciativa para reformar la Ley de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado de Zacatecas, enviada por el titular del Ejecutivo del Estado, con el propósito de Dictaminarla.
Al encuentro asistieron como invitados el Presidente de la Comisión de Obras Públicas, Diputado Ismael Solís Mares y el Diputado Rafael Flores Mendoza, así como el Titular de la Junta de Monumentos y Zonas Típicas del Estado Ing. Rafael Sánchez Presa con sus respectivos equipos de trabajo.
De acuerdo a lo expresado por Pastor Alvarado, existe un acuerdo interno entre los diputados de la Sexagésima Primera Legislatura del Estado para que las comisiones Dictaminen con oportunidad los asuntos que se les turnen, dándoles un tratamiento ágil y puntual para evitar rezagos.
Este primer encuentro con el titular de la junta de monumentos Ing. Rafael Sánchez Presa, es de vital importancia para la Dictaminación de la propuesta, ya que expuso ante los legisladores de manera detallada, cual es la esencia de la reforma, por lo que desde ahora se tiene una perspectiva precisa de la misma.
El ingeniero Sánchez Presa, explicó que la última reforma a la ley de protección y conservación de monumentos se hizo en el año 2012, por lo que es necesario adecuarla, para lo que se proponen cinco directrices: la primera tiene que ver con la ley orgánica de la ley pública del estado, que mandata a los organismos descentralizados, contar con un consejo directivo.
La segunda con un alineamiento municipal; que de acuerdo al artículo 115 constitucional, faculta a los municipios para delimitar sus polígonos de protección del patrimonio histórico, y para ello, elaboran reglamentos de imagen urbana y planes parciales que se traducen en polígonos de protección. La propuesta consiste en que los polígonos municipales de protección lo sean también para el estado, es decir, que el estado se adapte a los planes y reglamentos municipales de imagen urbana, debido a que estos tienen mayor cobertura de protección.
La tercera directriz tiene que ver con la coadyuvancia administrativa y jurídica, que de acuerdo a la ley aprobada desde 1965, corresponde su aplicación al gobernador, a la junta de monumentos, autoridades estatales y municipales que tengan que ver con la materia, la reforma, señala Sánchez Presa, establece el cómo y el cuándo.
De tal forma que los municipios protegidos por la ley estatal, sean pueblos mágicos o considerados por la UNESCO como patrimonio mundial, tendrán que coadyuvar con la Junta de Protección de Monumentos y viceversa, aportando recursos en especie o en efectivo para que la supervisión y la asesoría en el terreno de los hechos, sea más puntual y oportuna.
Añade que en la iniciativa presentada, se explicita que en los casos de violación a la ley o de rebeldía ciudadana, intervenga la procuraduría general de justicia, que perseguirá de oficio las violaciones a la ley.
El cuarto tema se refiere a la actualización de las multas que no se han actualizado desde 1965, y el quinto, con alimentar el contexto actual del patrimonio, de los usos del suelo, de la rotación de los inmuebles, de habitacional a un uso mixto, comercial y habitacional, el uso de azoteas y espacios públicos.
Se establece una obligatoriedad para que el ciudadano que tenga un inmueble protegido por la ley en un polígono, tenga la obligación de de presentar un reporte anual del estado que guarda el inmueble. Agrega que la ley prevé desde 1965, que si el propietario no mantiene en buen estado su finca, la junta estatal de monumentos puede ordenar a las instituciones del ramo del estado que haga las reparaciones necesarias con cargo al propietario, exhortando a que los propietarios no caigan en negligencia y asuman su responsabilidad.
Sin embargo aclara que la reforma no es coercitiva, es una ley de corresponsabilidad, de tal forma que cuando el propietario pone su parte, el estado debe buscar también como retribuir con exenciones, apoyos fiscales, financieros, o mediante los mecanismos establecidos para que el propietario tenga posibilidad siempre de mantener en buen estado su vivienda o inmueble.
El alineamiento con los planes parciales municipales, finaliza, son de mucha importancia debido a que son estos quienes establecen fideicomisos con los que se apoya financieramente a quienes verdaderamente no tengan la posibilidad de invertir en el mantenimiento físico de los inmuebles.

reunion de analisis de ley de conservacion de monumentos.

Comparte esta nota!