Interpone PT Amparo Para Suspensión de Reforma Energética

amparo del PT vs reforma energetica.

El Coordinador de los senadores petistas, Manuel Bartlett Díaz, acompañado por el Vicecoordinador de su bancada, el Senador David Monreal, y el Asesor Jurídico del Partido, el Doctor Jaime Cárdenas Gracia, interpusieron formalmente el amparo por el que solicitan la suspensión de la reforma energética.

 

El Partido del Trabajo presentó esta mañana en el Juzgado Octavo de Distrito en Materia Administrativa del Poder Judicial de la Federación el amparo contra la reforma energética, con dicho documento se ponen evidencia las flagrantes violaciones al procedimiento legislativo en las que incurrió el gobierno federal y los partidos que avalaron su aprobación.

 

En entrevista, Jaime Cárdenas Gracia explicó que a diferencia de otros amparos, éste pide la revocación del artículo 61 fracción primera de la Ley de Amparo; argumentando que se viola el derecho de todos los mexicanos para acceder a la justicia.

 

Además en el documento se detallan las irregularidades en las que incurrió el  ejecutivo y sus representantes en el congreso para aprobar “fast track” una reforma que debió ser conocida y discutida ampliamente por la sociedad mexicana.

 

“Existieron legislaturas locales, como el caso de Sonora donde bastaron tan sólo  7 minutos para aprobar esta modificación a los artículos 25, 27, y 28 constitucionales”, mencionó Cárdenas Gracia.

 

Otro de los puntos a destacar es la inexistencia de un dictamen de impacto presupuestal, el cual debe ser presentado de forma obligada con la reforma propuesta, tal y como se establece en el art. 18 de la Ley Federal del Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

El amparo presentado por los legisladores petistas, señala las siguientes violaciones al

procedimiento legislativo:

 

Causas de procedimiento

 

• El Constituyente Permanente (Constituyente Permanente: Cámaras del

 

Congreso, legislaturas locales y el Ejecutivo) no tiene competencia para

 

aprobar la reforma energética, debió ser un Constituyente Originario.

 

• Se incumplió con el art. 18 de la Ley Federal del Presupuesto y

 

Responsabilidad Hacendaria; el cual establece que antes de la aprobación

 

de una reforma, las comisiones deberán contar con el dictamen del impacto

 

presupuestal de la reforma, el cual no se realizó.

 

• La celeridad inusitada en los congresos locales; en la mayoría de

 

los estados se omitió la discusión en comisiones, para pasar el dictamen

 

directamente a su votación en el pleno.

 

En algunos casos su aprobación tomó tan sólo tres, siete o diez minutos (El

 

Universal 17 de diciembre de 2013).

 

• Sustitución de la Comisión Permanente: el presidente de esta comisión, el

 

diputado Ricardo Anaya, hizo la declaratoria de constitucionalidad, cuando el

 

párrafo segundo del art. 135 constitucional establece que cuando el Congreso

 

de la Unión no está en funciones “la Comisión Permanente debe realizar el

 

cómputo de los votos de las legislaturas” y es la Comisión Permanente la que

 

debe hacer la declaratoria de la reforma. En este caso, no fue la C.P. quien hizo

 

la declaratoria, fue el Presidente de dicha comisión quien la realizó.

 

Violaciones de fondo

 

• La reforma viola decisiones políticas fundamentales. Dentro de la doctrina

 

jurídica este tipo de decisiones no pueden ser alteradas por un órgano

 

derivado o por un órgano revisor como es el Constituyente Permanente.

 

• El régimen de contratos, asignaciones y licencias que prevén el nuevo artículo

 

27 de la Constitución y el cuarto transitorio de esta reforma, van a violentar la

 

soberanía nacional y la independencia de nuestro país.

 

Bajo este régimen México perderá el control de sus recursos energéticos. Este

 

control pasará a la empresas extranjeras.

 

• Esta reforma violenta la soberanía de nuestro país porque los tratados de

 

libre comercio protegen las inversiones extranjeras e impiden que las normas

 

nacionales puedan regular esas inversiones. Se van a dificultar la expropiación

 

y la aprobación de normas medio ambientales que regulen estas inversiones, es

 

decir, México pierde soberanía con la aprobación de esta reforma.

 

• Todas las controversias jurídicas serán decididas en el extranjero y aplicando

 

el derecho foráneo.

 

• La R.E. violenta el concepto jurídico del Dominio Eminente que debe tener

 

una nación sobre su territorio, al aprobarse esta reforma México entregará

 

bloques de su territorio a las empresas extranjeras, para que ellas realicen las

 

explotaciones lo que propicia la pérdida del Dominio Eminente que es la base

 

del art. 27 constitucional.

 

• Con la aprobación se vulneraron los derechos de los pueblos originarios,

 

porque no fueron consultados.

 

• Se violenta la Ley de Seguridad Nacional, porque el territorio es parte de la

 

seguridad nacional y se perderá soberanía sobre los bloques de terreno

 

entregados a las empresas extranjeras.

 

• La modificación constitucional implica que la plataforma de producción y

 

explotación de los energéticos nacionales no se decidan en México, esta decisión

 

estará a cargo de las empresas extranjeras, no del gobierno mexicano.

 

• Se tendrá que compartir la renta petrolera con extranjeros, una violación

 

más del art. 27 constitucional.

 

• Habrá consecuencias fiscales en detrimento de los mexicanos, la R.E.

 

privatizará los beneficios y socializará las pérdidas.

 

• Esta aprobación es una traición a la patria, tal como se indica en el art. 123 del

 

Código Penal Federal.

 

• Existe violación a los derechos de los trabajadores petroleros al expulsarlos del

 

consejo de administración de Pemex.

 

• La reforma trastoca el régimen de la propiedad, anteriormente previsto en el

 

art. 27 al artículo octavo transitorio de la reforma, el cual establece que las

 

actividades en relación con la explotación energética son preferentes y prioritarias a

 

cualquier otra, el Estado va a tener la facultad de expropiar a particulares,

 

comunidades o ejidos, el Estado mexicano ya no expropiará para salvaguardar

 

el interés general, ahora lo hará para beneficiar a las empresas petroleras

 

extranjeras.

 

• La reforma generará poderes fácticos transnacionales y que se impondrán a las

 

autoridades formales de nuestro país.

 

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