TRIJEZ Resuelve Procedimientos Especiales Sancionadores Por Uso de Símbolos Religiosos.

En Sesión Pública, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió cinco Procedimientos Especiales Sancionadores relacionados con el Proceso Electoral 2020-2021 en los que se denunciaron uso de símbolos religiosos, trasgresión  al artículo 134 constitucional, uso indebido de recurso públicos, coacción al voto, vulneración al principio de neutralidad, culpa invigilando, entre otros.

Por un lado, al resolver el expediente TRIJEZ-PES-048/2021 iniciado por Morena en contra de diversos funcionarios de la Presidencia Municipal de Valparaíso por una supuesta trasgresión al artículo 134 Constitucional, uso indebido de recursos públicos y coacción al voto, el Pleno del Tribunal determinó, de acuerdo a las pruebas contenidas en el expediente, declarar inexistentes las infracciones denunciadas.

Asimismo, en el expediente identificado con la clave TRIJEZ-PES-003/2021 iniciado por Morena en contra de diversos denunciados por la supuesta comisión de uso indebido de recursos públicos, las Magistradas y Magistrados determinaron, en primer lugar, dejar firme lo que no fue materia de impugnación federal y en segundo lugar, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Superior del TEPJF modificar la calificación de la infracción y re-individualizar la sanción impuesta al Partido Revolucionario Institucional por culpa invigilando respecto a la designación de un servidor público como su representante ante el Consejo General del IEEZ.

Por otra parte, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador TRIJEZ-PES-049/2021 iniciado por el PRI para denunciar la presunta infracción consistente en la utilización de programas sociales con la finalidad de inducir o coaccionar el voto, atribuida a Julio César Ramírez López y David Monreal Ávila, entonces candidatos a Diputado Local y Gobernador del Estado de Zacatecas, respectivamente.

El Pleno del TRIJEZ determinó, de acuerdo a las pruebas contenidas en el expediente, declarar la inexistencia de la infracción denunciada pues no se acreditaron los hechos.

Por otro lado, se resolvió el expediente TRIJEZ-PES-040/2021 iniciado por el representante suplente del PRI ante el Consejo General del IEEZ en Moyahua de Estrada, en contra del entonces candidato a Presidente Municipal Ramón Rojas Reynoso y los integrantes de su planilla, por la publicación de un video dentro de la iglesia del municipio haciendo alusión a una cruz al fondo, además de lo que podría ser una máscara de Santo Santiago con la supuesta intención de realizar propaganda a su favor, no obstante, el Tribunal determinó declarar la inexistencia de la infracción consistente en la utilización de símbolos y alusiones religiosas.

Lo anterior, puesto que de la valoración conjunta de las pruebas se consideró que la propaganda denunciada resulta ser un signo o símbolo de carácter cultural, de identidad o pertenencia de los lugareños al municipio de Moyahua de Estrada, sin que pueda considerarse que ello trastoque la prohibición constitucional y legal de separación iglesia-estado.

Finalmente, se resolvió el expediente identificado con la clave TRIJEZ-PES-055/2021 iniciado por el Partido Nueva Alianza en contra del entonces candidato a presidente municipal de Concepción del Oro, Ubaldo Ramírez Valerio, por la presunta colocación de propaganda electoral en lugar prohibido por ser un edificio público y la inclusión en la misma de símbolos religiosos.

Las Magistradas y Magistrados del Tribunal, determinaron tener por acreditada únicamente la colocación de propaganda electoral en el auditorio del municipal, lo cual está prohibido, por ello, se impuso al denunciado una amonestación pública.

 

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