El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó su Anteproyecto de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2027, por un monto total de 31 mil 431 millones 887 mil 800 pesos, el cual se remitirá a la persona titular del Poder Ejecutivo para su inclusión en el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación 2027.
Durante la sesión del máximo órgano de dirección del Instituto se determinó que dicha cantidad sea distribuida de la siguiente forma:
| Rubros del Presupuesto 2027 del INE | Montos |
| PRESUPUESTO BASE: Oficinas Centrales, Juntas Locales Ejecutivas y Juntas Distritales Ejecutivas | 14,036,192,356 |
| CARTERA INSTITUCIONAL DE PROYECTOS que se divide en: | 17,395,695,444 |
| Organizar Procesos Electorales Locales | 474,311,657 |
| Organizar Proceso Electoral Federal | 13,453,412,874 |
| Fortalecer la Cultura Democrática, la Igualdad de Género y la Inclusión | 460,662,578 |
| Fortalecer la Gestión y Evaluación Administrativa y Cultura de Servicio Público | 1,447,574,238 |
| Fortalecer los Mecanismos de Actualización de los Procesos Registrales | 431,508,740 |
| Fortalecer el Acceso a la Información y Protección de Datos Personales | 105,241,282 |
| Fortalecer la Equidad y Legalidad en el Sistema de Partidos Políticos | 214,119,985 |
| Coordinar el Sistema Nacional Electoral | 33,002,414 |
| Organizar Procesos Electorales del Poder Judicial | 775,861,676 |
| PRESUPUESTO TOTAL: | 31,431,887,800 |
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Se aprueba el financiamiento público para partidos nacionales y candidaturas independientes
Del mismo modo, el Consejo General aprobó el financiamiento público federal de las fuerzas políticas nacionales y de las candidaturas independientes para el ejercicio 2027, equivalente a 10 mil 842 millones 653 mil 927 pesos.
Lo anterior se fundamenta en la fórmula establecida en el Artículo 41 de la Constitución, que garantiza a los Partidos Políticos Nacionales los elementos para llevar a cabo sus actividades, y el cual también señala las reglas del financiamiento para las campañas electorales, debiendo asegurar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado.
Dicho financiamiento se distribuirá como se presenta a continuación:
|
Partido Político |
Rubro de financiamiento público federal 2027 | Monto para el liderazgo político de las mujeres | ||||
|
Actividades Ordinarias |
Actividades tendientes a la obtención del
voto |
Actividades Específicas |
Prerrogativa Postal |
Prerrogativa Telegráfica |
||
| $1,332,399,415.00 | $399,719,824.00 | $38,682,732.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $39,971,982.00 | |
| $1,008,598,215.00 | $302,579,465.00 | $28,563,945.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $30,257,946.00 | |
| $688,453,362.00 | $206,536,009.00 | $18,559,418.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $20,653,601.00 | |
| $854,237,393.00 | $256,271,218.00 | $23,740,169.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $25,627,122.00 | |
| $995,086,472.00 | $298,525,942.00 | $28,141,703.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $29,852,594.00 | |
| $2,685,383,581.00 | $805,615,074.00 | $80,963,488.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $80,561,507.00 | |
| $157,586,634.00 | $47,275,990.00 | $8,864,248.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $4,727,599.00 | |
| $157,586,634.00 | $47,275,990.00 | $8,864,248.00 | $32,830,549.17 | $86,687.00 | $4,727,599.00 | |
| Total | $7,879,331,706.00 | 2,363,799,512.00 | $236,379,951.00 | $262,644,393.36 | $693,496.00 | $236,379,950.00 |
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Por otra parte, conforme a la Ley General de Partidos Políticos, la cantidad que corresponderá al conjunto de Candidaturas Independientes por concepto de financiamiento público para gastos de campaña en el Proceso Electoral Federal 2026-2027 será de 47 millones 275 mil 990 pesos.
Presupuesto para Consulta Popular y Revocación de Mandato
El órgano colegiado del INE también aprobó el presupuesto precautorio para la eventual organización de una Consulta Popular y de un proceso de Revocación de Mandato en el ejercicio fiscal 2027, por un monto total de cuatro mil 736 millones 121 mil 734 pesos, de los cuales cuatro mil 731 millones 413 mil 49 pesos corresponden a la eventual organización de la Consulta Popular, y cuatro millones 78 mil 685 pesos al eventual proceso de Revocación de Mandato.
Para el cumplimiento de las atribuciones establecidas en la Constitución, este presupuesto considera actividades como la verificación de los apoyos ciudadanos, capacitación electoral, integración y ubicación de casillas, producción y distribución de materiales, difusión, desarrollo de la jornada, así como el escrutinio y cómputo de resultados.
Es importante aclarar que las solicitudes para estos mecanismos pueden presentarse después de la elaboración del Presupuesto de Egresos, lo que impide conocer con certeza si se realizarán o no.
Se definen criterios de asignación de tiempo en radio y TV para el PEF 2026-2027
Al continuar con el desarrollo de la sesión, el pleno aprobó de igual forma los criterios de asignación de tiempo para las autoridades electorales federales y locales durante el Proceso Electoral Federal concurrente con los Procesos Electorales Locales 2026-2027, específicamente para las etapas de precampaña, intercampaña, campaña, período de reflexión y Jornada Electoral.
Dicha aprobación establece que se asignará el 70 % del tiempo disponible en radio y televisión al INE para sus fines y el de otras autoridades electorales federales y el 30 % restante se dividirá en partes iguales entre las autoridades electorales locales que envíen oportunamente su solicitud.
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Queda determinado tiempo en radio y TV para el cuarto trimestre de 2026
Finalmente, el máximo órgano de dirección del Instituto aprobó la asignación de tiempo en radio y televisión para las autoridades electorales durante el cuarto trimestre de 2026, correspondiente al período ordinario, de conformidad con los criterios específicos siguientes:
- A las autoridades electorales locales en las entidades en las que no se celebren elecciones locales y que presentaron oportunamente su solicitud, se les asignará un 25 % del tiempo disponible, el cual se distribuirá en partes iguales, y el 75 % restante se asignará al INE para el cumplimiento de sus fines.
A las autoridades electorales de las entidades federativas en las que se celebre algún mecanismo de democracia directa o participativa y que presentaron oportunamente su solicitud, del tiempo disponible se les asignará 40 % al INE; 40 % al Organismo Público Local Electoral y el 20 % restante se dividirá en partes iguales entre las demás autoridades electorales locales


